Casa editorial
Fundada MMXIII
Autor jurídico · Editor · Amazon KDP

Cristóbal A. Cruz

Ensayos, códigos anotados y clásicos jurídicos por Cristóbal A. Cruz de los Santos
Santo Domingo
República Dominicana

Inteligencia Artificial y Ventajas Competitivas en el Derecho Tributario

S obre el uso de la inteligencia artificial implementada en el campo del derecho tributario y las ventajas competitivas que nos ofrece. La inteligencia artificial (IA) es una de las tecnologías más estratégicas del siglo XXI, que ofrece enormes posibilidades para mejorar la eficiencia y la efectividad de diversos ámbitos de la actividad humana. Entre ellos, se encuentra el campo del derecho tributario, donde la IA puede tener un papel clave para transformar la actuación de las administraciones fiscales y el cumplimiento de los contribuyentes. La IA se basa en el uso de algoritmos y datos para realizar tareas que normalmente requieren de inteligencia humana, como el razonamiento, el aprendizaje o la toma de decisiones. La IA puede aplicarse a diferentes niveles y con diferentes fines en el ámbito tributario, desde la automatización de procesos rutinarios hasta la generación de conocimiento e innovación. Algunas de las ventajas competitivas que nos ofrece la IA en el campo del derecho tr...
Continuar la lectura →

Analisís a Consulta Sobre Criptomonedas Emitida por la DGII

D espués de revisar la consulta emitida por la administración tributaria dominicana la cual emite una comunicación refiriéndose al tratamiento que la misma otorga a los contribuyentes al momento de pagar sus impuestos cuando estos sean tenedores de criptomonedas. En síntesis la Consulta marcada como GL No.2692 dispone que los tenedores de Criptomonedas al momento de venderlas y hacer dichas monedas líquidas, deberá el contribuyente pagar el correspondiente impuesto sobre la renta. Al analizar la consulta nos percatamos que la administración tributaria dominicana en su afán de recaudar, y cumplir con sus objetivos recaudadores de impuestos establece un criterio parcial y unidireccional. Por lo que nos mueve a cuestionarnos sobre diferentes aspectos: ¿Analizó la administración tributaria una escenario que no solo fuese de ganancias? Al establecer el criterio la administración tributaria por medio de la facultad consultiva otorgada por la ley No.11-92 en sus artículos 38 al 43 emite por m...
Continuar la lectura →

Sentencia TC/0322/14 y el Principio a la Buena Administracion

Sentencia No. TC-0322-14 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, en la que se acogió un recurso de Revisión Constitucional de Amparo y se reconoció el derecho fundamental a la buena administración. El tribunal consideró que este derecho es crucial para la vigencia del Estado Social y Democrático de Derecho y se encuentra implícitamente en la Constitución de la República Dominicana. El reconocimiento normativo del derecho a la buena administración tiene su origen en la Recomendación n° R (80) 2 del Consejo de Europa y en la jurisprudencia tanto comunitaria como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El contenido de este derecho se ha ido configurando en el ámbito europeo a partir de la idea de una excelente gestión y administración pública en beneficio del conjunto de la población de la Unión Europea. En el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, el derecho a la buena administración se concreta legalmente en el artículo 4 de la Ley Orgánica de la Administrac...
Continuar la lectura →

Cobro al Estado de Sentencias vía el Ministerio de Hacienda de la Republica Dominicana

La Resolución No. 198-2018, emitida por el Ministerio de Hacienda de la República Dominicana, establece un procedimiento a seguir para la inclusión en el Presupuesto General del Estado de las sentencias condenatorias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada y que ordenen al Estado pagar sumas de dinero. El objetivo de esta resolución es asegurar que las instituciones del Gobierno Central y los Organismos Autónomos y Descentralizados no Financieros, que resulten afectados por sentencias condenatorias, puedan incluir los montos correspondientes en sus respectivos anteproyectos de presupuestos institucionales, para que sean incluidos en el Presupuesto General del Estado que corresponda, con cargo a su presupuesto. La Resolución establece las vías de notificación de las sentencias condenatorias al Ministerio de Hacienda, que pueden ser por medio de la instrumentación de un Acto de Alguacil o por medio del depósito de una instancia solicitando el pago y debidamen...
Continuar la lectura →

El Caso Blanco Consejo de Estado Frances Y el Articulo 148 de la Constitucion Dominicana

Texto Íntegro de la Sentencia del Caso blanco Traducida al español. Tribunal de Conflictos Número 00012 Publicado en Lebon Señor Mercier, ponente Señor David, comisario del gobierno Lectura del 8 de febrero de 1873 REPÚBLICA FRANCESA EN NOMBRE DEL PUEBLO FRANCÉS Visto el escrito introductorio de la demanda, del 24 de enero de 1872, por el cual Jean Y... ha demandado ante el tribunal civil de Burdeos al Estado, representado por el prefecto de la región de Gironde, Adolphe Z..., Henri X..., Pierre Monet y Jean A..., empleados en la manufactura de tabaco de Burdeos, porque el 3 de noviembre de 1871 su hija Agnès Y..., de cinco años y medio, pasaba por la calle delante del almacén de tabaco, cuando un carro empujado por los empleados mencionados la derribó y le pasó por el muslo, del cual tuvo que ser amputado; que este accidente es imputable a la negligencia de los mencionados empleados, y que se les condena solidariamente como coautores del accidente y al Estado como responsable civil de...
Continuar la lectura →

Constitucionalización del Derecho Administrativo

  Por Cristóbal A. Cruz 23 febrero 2023. El Artículo 138 de la Constitución Dominicana establece los principios que rigen la actuación de la Administración Pública, incluyendo la eficacia, jerarquía, objetividad, igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación.  El mismo articulo continua diciendo la ley regula el estatuto de los funcionarios públicos y el acceso a la función pública, garantizando que el mérito y la capacidad de los candidatos sean los criterios de selección y estableciendo reglas para asegurar la imparcialidad de los funcionarios en el ejercicio de sus funciones . Además por su parte el artículo 139 una novedad en el derecho administrativo dominicano que es el régimen de control a la legalidad de la actuación de la administración el cual se configura al decir: “ Los tribunales controlarán la legalidad de la actuación de la Administración Pública. La ciudadanía puede requerir ese control a través de los procedimientos establecidos por la ley ” ¿S...
Continuar la lectura →

Origen y Evolucion del Derecho Administrativo Dominicano

  La Constitución del 6 de noviembre de 1844 dispuso un mecanismo de control de legalidad de los actos del poder ejecutivo y sus dependencias administrativas, ya que estableció que los actos del ejecutivo y sus dependencias administrativas debían estar acorde a las leyes vigentes “Art. 125. Ningún Tribunal podrá aplicar una ley inconstitucional, ni los decretos y reglamentos de administración general, sino en tanto que sean conformes a las leyes ”. Con igual espíritu a la Constitución vigente que exige el control a la legalidad de las acciones y actos de la administración pública. Desde el principio de legalidad de las actuaciones del poder ejecutivo y sus dependencias administrativas contenido en la constitución de 1844 transcurrieron unos 43 años hasta que la ley de Aduanas No. 2595 del 14 de octubre del 1887 creó mediante sus artículos del 220 al 224 lo que se conoció como: “ El jurado de aduanas ” el cual tenía la capacidad de órgano jurisdiccional en los asuntos contenciosos ...
Continuar la lectura →

El Caso Blanco Consejo de Estado Frances Y el Articulo 148 de la Constitucion Dominicana

Texto Íntegro de la Sentencia del Caso blanco Traducida al español. Tribunal de Conflictos Número 00012 Publicado en Lebon Señor Mercier, ponente Señor David, comisario del gobierno Lectura del 8 de febrero de 1873 REPÚBLICA FRANCESA EN NOMBRE DEL PUEBLO FRANCÉS Visto el escrito introductorio de la demanda, del 24 de enero de 1872, por el cual Jean Y... ha demandado ante el tribunal civil de Burdeos al Estado, representado por el prefecto de la región de Gironde, Adolphe Z..., Henri X..., Pierre Monet y Jean A..., empleados en la manufactura de tabaco de Burdeos, porque el 3 de noviembre de 1871 su hija Agnès Y..., de cinco años y medio, pasaba por la calle delante del almacén de tabaco, cuando un carro empujado por los empleados mencionados la derribó y le pasó por el muslo, del cual tuvo que ser amputado; que este accidente es imputable a la negligencia de los mencionados empleados, y que se les condena solidariamente como coautores del accidente y al Estado como responsable civil de...

Cobro al Estado de Sentencias vía el Ministerio de Hacienda de la Republica Dominicana

La Resolución No. 198-2018, emitida por el Ministerio de Hacienda de la República Dominicana, establece un procedimiento a seguir para la inclusión en el Presupuesto General del Estado de las sentencias condenatorias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada y que ordenen al Estado pagar sumas de dinero. El objetivo de esta resolución es asegurar que las instituciones del Gobierno Central y los Organismos Autónomos y Descentralizados no Financieros, que resulten afectados por sentencias condenatorias, puedan incluir los montos correspondientes en sus respectivos anteproyectos de presupuestos institucionales, para que sean incluidos en el Presupuesto General del Estado que corresponda, con cargo a su presupuesto. La Resolución establece las vías de notificación de las sentencias condenatorias al Ministerio de Hacienda, que pueden ser por medio de la instrumentación de un Acto de Alguacil o por medio del depósito de una instancia solicitando el pago y debidamen...

Análisis crítico de las contrariedades interpretativas en el Artículo 2 de la Ley núm. 74-25 (Código Penal de la República Dominicana)

Análisis crítico de las contrariedades interpretativas en el Artículo 2 de la Ley núm. 74-25 (Código Penal de la República Dominicana) Por: Cristóbal Argenis Cruz | Marzo 2026 El Artículo 2 de la Ley 74-25 establece los principios fundamentales del derecho penal dominicano con una redacción que, a primera vista, genera tensiones lógicas y hermenéuticas evidentes. Estas contrariedades no son errores legislativos, sino mecanismos deliberados del legislador que reflejan la tensión clásica entre seguridad jurídica (certeza y limitación) y garantismo humanitario ( flexibilidad pro persona ). A continuación, resalto las dos principales contradicciones, en el texto literal de la ley y sus implicaciones prácticas. 1. Contrariedad principal: “Interpretación estricta” vs. “Enumeración no limitativa” de los principios El artículo inicia con una cláusula de supremacía absoluta: “Los principios generales del derecho penal establecidos en este código prevalecen sobre cualquier otra disposic...