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Autor jurídico · Editor · Amazon KDP

Cristóbal A. Cruz

Ensayos, códigos anotados y clásicos jurídicos por Cristóbal A. Cruz de los Santos
Santo Domingo
República Dominicana
Casa editorial · Autor jurídico

Cristóbal A. Cruz de los Santos

Cristóbal A. Cruz de los Santos

Abogado dominicano, procurador fiscal y editor. Escribe y publica obra propia de derecho penal, administrativo, tributario y constitucional, y dirige un catálogo de códigos dominicanos anotados y clásicos del pensamiento jurídico y político en Amazon KDP.

36
Títulos publicados
13+
Años en el Ministerio Público
5
Colecciones editoriales
Trayectoria
  • 2005 — 2006Oficinista y secretario del Poder Judicial.
  • 2008Abogado asistente en la oficina de la Dra. Jacquelin Jiménez García.
  • 2009 — 2011Inspector del programa de Subsidio al GLP (Programa Apache), Ministerio de Industria y Comercio.
  • Desde 2011Miembro del Ministerio Público. Más de trece años de ejercicio.
  • ActualidadProcurador fiscal adscrito a la Procuraduría Regional de Montecristi.
Formación
  • 2007Licenciado en Derecho, Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).
  • 2011Especialidad en Derecho Penal y Procesal Penal.
  • 2022Especialidad en Derecho Administrativo y Procesal Administrativo, IES-ENMP.
  • 2024Máster en Derecho Tributario y Procesal Tributario, UASD.
Obra editorial

El catálogo reúne cinco colecciones: obra propia de derecho dominicano, obra propia en otros géneros, normativa dominicana anotada, clásicos anotados en español y clásicos anotados en inglés. Todos los títulos están disponibles en formato digital y la mayoría también en tapa blanda.

Contacto

Para consultas editoriales, colaboraciones o solicitudes de ejemplares de reseña: cristobal.argenis.cruz@gmail.com. Santo Domingo, República Dominicana.

El Caso Blanco Consejo de Estado Frances Y el Articulo 148 de la Constitucion Dominicana

Texto Íntegro de la Sentencia del Caso blanco Traducida al español. Tribunal de Conflictos Número 00012 Publicado en Lebon Señor Mercier, ponente Señor David, comisario del gobierno Lectura del 8 de febrero de 1873 REPÚBLICA FRANCESA EN NOMBRE DEL PUEBLO FRANCÉS Visto el escrito introductorio de la demanda, del 24 de enero de 1872, por el cual Jean Y... ha demandado ante el tribunal civil de Burdeos al Estado, representado por el prefecto de la región de Gironde, Adolphe Z..., Henri X..., Pierre Monet y Jean A..., empleados en la manufactura de tabaco de Burdeos, porque el 3 de noviembre de 1871 su hija Agnès Y..., de cinco años y medio, pasaba por la calle delante del almacén de tabaco, cuando un carro empujado por los empleados mencionados la derribó y le pasó por el muslo, del cual tuvo que ser amputado; que este accidente es imputable a la negligencia de los mencionados empleados, y que se les condena solidariamente como coautores del accidente y al Estado como responsable civil de...

Cobro al Estado de Sentencias vía el Ministerio de Hacienda de la Republica Dominicana

La Resolución No. 198-2018, emitida por el Ministerio de Hacienda de la República Dominicana, establece un procedimiento a seguir para la inclusión en el Presupuesto General del Estado de las sentencias condenatorias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada y que ordenen al Estado pagar sumas de dinero. El objetivo de esta resolución es asegurar que las instituciones del Gobierno Central y los Organismos Autónomos y Descentralizados no Financieros, que resulten afectados por sentencias condenatorias, puedan incluir los montos correspondientes en sus respectivos anteproyectos de presupuestos institucionales, para que sean incluidos en el Presupuesto General del Estado que corresponda, con cargo a su presupuesto. La Resolución establece las vías de notificación de las sentencias condenatorias al Ministerio de Hacienda, que pueden ser por medio de la instrumentación de un Acto de Alguacil o por medio del depósito de una instancia solicitando el pago y debidamen...

Análisis crítico de las contrariedades interpretativas en el Artículo 2 de la Ley núm. 74-25 (Código Penal de la República Dominicana)

Análisis crítico de las contrariedades interpretativas en el Artículo 2 de la Ley núm. 74-25 (Código Penal de la República Dominicana) Por: Cristóbal Argenis Cruz | Marzo 2026 El Artículo 2 de la Ley 74-25 establece los principios fundamentales del derecho penal dominicano con una redacción que, a primera vista, genera tensiones lógicas y hermenéuticas evidentes. Estas contrariedades no son errores legislativos, sino mecanismos deliberados del legislador que reflejan la tensión clásica entre seguridad jurídica (certeza y limitación) y garantismo humanitario ( flexibilidad pro persona ). A continuación, resalto las dos principales contradicciones, en el texto literal de la ley y sus implicaciones prácticas. 1. Contrariedad principal: “Interpretación estricta” vs. “Enumeración no limitativa” de los principios El artículo inicia con una cláusula de supremacía absoluta: “Los principios generales del derecho penal establecidos en este código prevalecen sobre cualquier otra disposic...